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El día 04 de febrero de 2022 se publicó en el DOGA la "Orden de 29 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de ayudas para implantar la igualdad laboral, la conciliación y la responsabilidad social empresarial (RSE), y se procede a su convocatoria para el año 2022", que ya se puede solicitar hasta el 04 de marzo de 2022.

Tipo de apoyo

Línea I. Implantación de planes de igualdad (TR357C):

a) La elaboración de una diagnosis de la realidad de la empresa desde la perspectiva de género.
b) La elaboración de un plan de igualdad que recoja las acciones o medidas que corrijan las deficiencias detectadas en una diagnosis previa.
c) La 1ª fase de implantación de las medidas prioritarias previstas en un plan de igualdad.
d) La contratación a jornada completa y como mínimo de un año de una persona con titulación de grado y con experiencia y/o conocimientos acreditados en materia de igualdad.
No será compatibles los apartados a) y b) con c) en la misma convocatoria.

 

Línea II. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal (TR357D)

a) Incentivos para el fomento del teletrabajo. No serán beneficiarias aquellas empresas que pertenezcan a sectores de la economía de la tecnología de la información y la comunicación (TIC)
b) Incentivos para el fomento de la flexibilidad horaria.
c) Adquisición de elementos tecnológicos que posibiliten el teletrabajo. Que tengan un acuerdo de teletrabajo en vigor en la fecha de presentación de la solicitud. No serán beneficiarias aquellas empresas que pertenezcan a sectores TIC de la economía.
Elementos subvencionables: ordenador personal, medios materiales para el acceso a internet y todos aquellos periféricos necesarios para las tareas para desarrollar: webcam, impresora, escáner y demás componentes de hardware necesarios para la implantación efectiva del teletrabajo, con la finalidad de fomentar el uso de tecnologías de la información y comunicación (TIC) como una medida de conciliación laboral, personal y familiar.

 

Línea III. Certificaciones de la RSE (TR357B): Se subvencionará la obtención de certificaciones o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social empresarial. Podrán ser las que se relacionan o equivalentes:

• Empresa familiarmente responsable-EFR (conciliación)
• Global Reporting Initiative (GRI)
• United Nations Globlal Compact (Pacto Mundial)
• ISO 19600, SGE 21, Global Accountability 1000 (AA 1000)
• EMAS, ISO 14000 (ambiente), SANA 8000, IQNet SR10, BEQUAL (discapacidad), ESO 45001 (seguridad y salud laboral), Certificación Empresa saludable, asimismo Sello Horarios Racionales (SHR) 

Para todas las líneas las actividades subvencionables deberán comprender del periodo comprendido 01/01/2022-31/10/2022

Cuantía de la ayuda

 Línea I. Implantación de planes de igualdad (TR357C)

a) Hasta el 80 % de los costes diagnosis previa de la realidad de la empresa, máx. de 3.000 €/20 trabajadores y máx. 5.000 € demás supuestos.
b) Hasta el 80 % de los costes elaboración de un plan de igualdad, máx. de 1.500€/ 20 trabajadoras, y máx. 3.000 € demás supuestos.
c) Hasta el 80 % de los costes implantación de las medidas prioritarias previstas en la primera fase del plan de igualdad máx. 1.000 €/ 20 trabajadoras, y máx. 2.000 € demás supuestos.
d) 12.000€ contratación (mínimo un año) de una persona experta en igualdad.

 

Línea II. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal (TR357D) 

a) 2.000€/puesto (máx 8.000€ empresa)

+1.000 € empresas tasa ocupación femenina ≥ masculina. Este incremento no será aplicable a aquellas que ya lo hayan obtenido en otras convocatorias.

b) 10.000€/ empresa (máx 12.000€ empresa)

+1.000 € empresas tasa ocupación femenina ≥ masculina

c) 80% de la inversión, máx. 1.500 €/ trabajador beneficiario máx. 20.000€/empresa

+10% empresas tasa ocupación femenina ≥ masculina

 

Línea III. Certificaciones de la RSE (TR357B)

80% de los costes de certificación (máx 2.000€)

 

Beneficiario

Pymes, micropymes y trabajadores autónomos con trabajadores por cuenta ajena y domicilio social y centro de trabajo en Galicia que cuenten con un mínimo de 5 personas trabajadoras.
En el caso de la línea I (planes de igualdad) tendrán que contar como mínimo con 10 personas trabajadoras y un máximo de 49.
También podrán presentar solicitud las empresas con agencia, sucursal, delegación o cualquier otra representación en Galicia que deberán haber contratado en esta comunidad autónoma un mínimo de 6 personas en el caso de planes de igualdad.

SUPER IMPORTANTE: Para todas las líneas será necesario que las entidades solicitantes tengan una tasa de estabilidad ≥50 % desde el 01/01/2022 y durante todo el período de ejecución de las ayudas. Para el cálculo de este % solo se tendrán en cuenta las personas trabajadoras con contratos indefinidos a tiempo completo sobre el total de los contratos de las personas trabajadoras de la empresa.

 

Plazo de solicitud 04/03/2022

Si alguna de ellas es de su interés estamos a su disposición.

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